Juan Ahumada Farietta, Liga de Usuarios de Manizales

Con la Resolución 1250 de 2005, dictada por la Comisión de Regulación de Telecomunicaciones, CRT, los neoliberales, con Uribe a la cabeza, encarecen las tarifas de la telefonía local y avanzan en la eliminación de los subsidios a los estratos 1, 2 y 3. En otras palabras, esta resolución es la adecuación de la estructura tarifaria al Tratado de Libre Comercio -TLC- con Estados Unidos, con el fin de hacer apetecibles para los voraces inversionistas extranjeros todas las empresas de telefonía, inclusive las más pequeñas.

Como está plasmado en la parte motiva de la Resolución 1250, el principio fundamental de la nueva estructura tarifaria es la “eficiencia financiera”, que, traducido al idioma común, significa que todas las empresas de telefonía deben generar enormes ganancias, aun cuando a los usuarios se les impongan brutales cargas e, inclusive, terminen renunciando al servicio, en un absurdo económico para las mismas empresas.

Bajo la figura de “cargo básico”, se mezclan el cargo por disponibilidad del servicio, con el de consumo, lo cual viola, entre otras, la Ley 142 de 1994, el Reglamento de Suscriptores (Decreto 3296 de 1989) y el Estatuto Nacional de Usuarios de Servicios Públicos (Decreto 1842 de 1991). Estas normas, todavía vigentes, obligan a las empresas y dan el derecho a los usuarios, a que se facturen como rubros separados la disponibilidad y el consumo.

El cargo por disponibilidad lo configuran los costos de mantener la conexión disponible, y el cargo por consumo está definido como el resultado de multiplicar el número de unidades de tiempo de conexión por el precio de cada unidad (impulso o minuto). Con las malhadadas tablas, el usuario paga el cargo básico, que incluye un elevado costo por consumo disponible, así no se use el servicio. Esta tragedia ya la están sufriendo los arrendadores con locales desocupados, y la sufrirán colegios, universidades, juzgados y muchos profesionales obligados a vacaciones forzosas. La medida es tan absurdamente antisocial, que le están cobrando el “cargo básico”, es decir un mínimo por minutos, a aquellos usuarios que tienen desconectado el teléfono por falta de pago. El “cargo básico” es, en realidad, un cargo fijo encarecido.

En la lógica neoliberal e invirtiendo la tradición histórica de las empresas estatales de servicios públicos, el servicio se encarece en la misma medida en que la población aumenta su pobreza. Así, en la medida en que la población se empobrece busca consumir menos y a menos consumo, es decir, a más pobreza, la gente escoge planes con menos minutos y, por lo tanto, terminará pagando “más pesos por menos minutos”.

Particularmente, para los estratos 1, 2 y 3, queda establecido que los minutos subsidiados irán disminuyendo, hasta su completa eliminación. Ante todo, se parte de la supresión total de los subsidios estatales y tiene que ser así dado que los municipios, a quienes se les endilga tal responsabilidad, están cada vez más quebrados. En segundo lugar, con el obvio propósito de contener las protestas, se prevé el subsidio temporal de una cantidad de minutos, como consumo de subsistencia, subsidio que en seis meses desaparecerá. En tercer lugar, ante la eliminación del subsidio estatal, la Resolución 1250 prevé que, si los recargos a los estratos 5, 6 y comercial no fuesen suficientes para cubrir los minutos subsidiados a los estratos más bajos, se eliminará el subsidio al estrato tres (lo cual ya es un hecho en muchas ciudades) y se harán rebajas proporcionales a los estratos 1 y 2. En todo caso, cualquier minuto que sobrepase el Plan, se cobra a tarifa plena (como si el usuario se hubiera pasado a vivir al estrato cuatro). En este proceso de eliminación gradual de los subsidios, los efectos se sentirán en todo el país en un plazo promedio de seis meses.

Como si fuera poco, los planes se impusieron a los usuarios, sea porque fue imposible su acceso a las pocas líneas telefónicas o a las páginas web destinadas para la inscripción, o porque un funcionario consejero les impuso groseramente su “consejo”.

El diseñó de los planes se fundamentó en premisas falsas. Una de las más escandalosas es la de que los promedios de consumo se hayan calculado incluyendo las llamadas de larga distancia y otros servicios, taxativamente distintos a la telefonía local. Otra, la percibieron los usuarios al recibir sus facturas; allí encontraron otro truco expoliador. En el pasado, el impulso se cobraba por un tiempo determinado, tres minutos, ahora, para determinar el plan requerido para cada usuario, la conversión de impulso a minuto, se calcula por un promedio de 1,3 minutos por impulso. Antes suponíamos, al pagar un impulso, que habíamos consumido tres minutos. Hoy, al determinarse el plan, la cuenta no se hace con 3 minutos por impulso, sino con 1,3. Una de dos. Nos estafaron en el pasado o nos estafan hoy.

Con esta suma de atropellos, así el usuario se reviente, todas las telefónicas, inclusive las de las ciudades pequeñas e intermedias, deberán generar la misma proporción de ganancias por ley, es decir, por fuera de las leyes de la oferta y la demanda que tanto veneran los neoliberales. Todo para que los inversionistas extranjeros, ahora con la apertura total en el TLC y sin impuestos, se apropien del negocio telefónico en su totalidad. En contraste, a los agricultores e industriales nacionales, con el TLC, se les anula cualquier protección ante la competencia extranjera y se les asfixia con impuestos.

Aplicada la Resolución 1250, las protestas de los usuarios no se hicieron esperar, y resonó la voz de la Unión de Usuarios y Defensores de los Servicios Públicos. Especial impacto tuvo la recogida de más de 10 mil firmas en Manizales (Caldas) y la presentación de miles de peticiones en Bucaramanga y Piedecuesta (Santander), ciudades donde, a las tragedias anteriores, se sumó la grosera alteración de las cuentas. Las protestas fueron respaldadas con multitudinarias manifestaciones. Ante el reclamo popular, la CRT y la Superintendencia de Servicios Públicos se vieron obligadas a recular, permitiendo que en aquellos casos en que se haga evidente la desproporción, se acepte que los usuarios puedan reclasificarse, aun cuando no hayan pasado los seis meses mínimos de permanencia en el Plan, que impone la resolución. Igualmente aceptó que, para las dos primeras facturas, se tasara el minuto de exceso a precio de plan.

Esta pequeña victoria señala el camino en la lucha por la derogatoria de la resolución 1250: Fortalecer nuestra organización y movilizarnos masivamente.

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